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domingo, 26 de junio de 2016

Áreas protegidas: SERNANP vs. MEM

Áreas protegidas: SERNANP vs. MEM

Sernanp al MEM: “Asegurar a priori que vamos a denegar una concesión, eso sí es falso”

GESTIÓN
Ante cuestionamientos del MEM a la creación del área de reserva marina en el mar frente a Piura y Tumbes porque impediría futuras concesiones petroleras, Sernanp señala que si la actividad productiva en el área protegida es social y ambientalmente responsable, no tendrá ninguna observación contraria.
La propuesta del Servicio Nacional de Áreas Protegidas por el Estado (Sernanp), dependiente del Ministerio del Ambiente, de la creación de un área de reserva marina en el mar frente a Piura y Tumbes, que se sobrepone a siete lotes petroleros, ha generado la opinión desfavorable del Ministerio de Energía y Minas (MEM).
La titular del sector, Rosa María Ortíz, alertó que de darse luz verde a esta propuesta, se corre el riesgo de impedirse a que se vuelva a dar permiso a otras empresas extractivas en esta área, una vez que concluya las concesiones de estos lotes, por tratarse de un área natural protegida.
Al respecto, el titular del Sernanp, Pedro Gamboa Moquillaza, explicó a Gestión.pe que su institución respetará los derechos preexistentes de las empresas petroleras cuya concesión, posesión y operación se sobreponga en dicha zona.
“No solo está por escrito, sino que está en toda nuestra propuesta normativa en la que se señala que se respetarán los derechos preexistentes. En aquellos casos, ya no damos compatibilidad porque se entiende que el derecho es preexistente al establecimiento del área natural protegida”, apuntó.
¿Ocurrirá lo mismo con las futuras concesiones? Al respecto, aseveró que cuando venga a la institución que representa futuras solicitudes para que emita una opinión, serán evaluadas bajo cuatro criterios establecidos por ley.
“Cada caso se va evaluar en base a cuatro criterios. Si esos se cumplen, definitivamente nosotros permitiríamos la actividad productiva, opinando que está es compatible. ElMEM se está adelantando a una situación que no se ha presentado. Somos de la posición de que, en la medida que la actividad sea responsable social y ambientalmente, no tendremos ninguna observación”, remarcó.
Agregó que ello ocurre “porque la ley así lo establece. Si se cumple con el marco normativo y los instrumentos ambientales están bien elaborados, nosotros autorizaríamos para que se lleve adelante la actividad”, subrayó el funcionario.
La compatibilidad es la opinión que emite el Sernanp para el desarrollo de una actividad productiva en un área natural protegida, y se basa en cuatro puntos: la categoría del área natural protegida; los objetivos que impulsaron su creación; su plan de gestión y su zonificación.
“Si Perupetro suelta concesiones (de lotes petroleros), exista una nueva solicitud y la compatibilidad se le permite, no tenemos ninguna objeción. Asegurar a priori que vamos a denegar la concesión de un lote que se suelta, eso sí es falso. Se va evaluar, por supuesto, en base a esos criterios y si procede se le otorga la compatibilidad”, afirmó.
http://www.miningpress.com/nota/298868/areas-protegidas-sernanp-vs-mem- 

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