Sierra Gorda opera una faena minera que produce cátodos y concentrados de cobre y molibdeno, mediante la explotación a rajo abierto de las instalaciones Catabela y Salvadora. Profesionales de la SMA, del Consejo de Monumentos Nacionales, del Servicio Agrícola y Ganadero, de la Seremi de Salud, de la Dirección General de Aguas, de la Dirección de Vialidad, y Sernageomin -todos de la Región de Antofagasta- realizaron distintas actividades de fiscalización en la faena minera entre los años 2014 y 2015, encontrando desviaciones de los compromisos establecidos en la RCA del proyecto. Posteriormente, y para un mejor análisis de datos, la SMA realizó requerimientos de información al titular Sierra Gorda para obtener información que se procesó mediante imágenes satelitales, con el fin de sustentar la investigación en curso, precisó la SMA.
Agregó que mientras se desarrollaba este caso, la SMA recibió diversas denuncias respecto de la operación de la minera, las que se incluyeron en el procedimiento.
Luego de analizar los antecedentes del caso, la SMA procedió a formular nueve cargos contra la empresa. Entre los incumplimientos detectados se encuentra la no construcción obras de desvío de aguas lluvias; la falta de medidas destinadas al control de emisiones a la atmósfera; afectar y/o alterar el hábitat para fauna silvestre del lugar; y la operación del depósito de relaves y su sistema de control de infiltraciones de forma distinta de la autorizada, lo cual ha generado un espejo de agua permanente, entre otros incumplimientos.
Adicionalmente se formulan cargos por incumplimiento de la Medida Provisional ordenada por la Superintendencia, en forma previa a la formulación de cargos, mediante Res. Exenta N° 108/2016, y que estaban dirigidas a hacerse cargo de los efectos de la operación por parte de la empresa del Depósito de relaves de forma distinta a la autorizada, los que se reflejan en la existencia de dos zonas con afloramientos de humedad aguas abajo de dos muros del depósito de relaves.
Además en la formulación, la fiscal instructora del procedimiento solicitó al Superintendente la adopción de nuevas medidas provisionales para el monitoreo y análisis específico del acuífero ubicado en la zona del Depósito, el que ha presentado cambios en el comportamiento esperado, todo ello con el fin de evitar un riesgo inminente de daño a la salud de las personas y el medio ambiente.
Los cargos formulados por la SMA se clasifican en siete graves y dos leves. Cabe destacar que por cada infracción grave puede el titular ser objeto de la revocación de la RCA, clausura o multa por hasta 5.000 Unidades Tributarias Anuales (UTA). En tanto, por cada infracción leve el titular se expone a multas de hasta 1.000 UTA.
Cabe señalar que la formulación de cargos es el inicio de un proceso sancionatorio por parte de la SMA. A contar de la fecha de notificación, Sierra Gorda puede optar por dos vías: cuenta 10 días para presentar un Programa de Cumplimiento* ante esta Superintendencia, o bien tiene 15 días hábiles para la formulación de descargos, tras lo cual continúa el procedimiento sancionatorio hasta su término.
http://www.latercera.com/noticia/negocios/2016/03/655-671429-9-superintendencia-de-medio-ambiente-formula-cargos-contra-minera-sierra-gorda.shtml
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