f

lunes, 21 de marzo de 2016

Royalty Minero: el largo camino de la invariabilidad

Royalty Minero: el largo camino de la invariabilidad

lagosEl Consejo Minero estima que entre 2006 y 2014 el aporte al Fisco del impuesto específico a su sector o conocido como royalty llegó a los US$ 6.639 millones. Los datos de la Dirección de Presupuestos (Dipres), sin embargo, señalan que entre 2007 y 2014 el monto sumó US$ 4.800 millones. Para el año pasado estimaron unos US$ 2.100 millones, y para el período 2016-2019 la proyección oficial es del orden de US$ 5.800 millones. Hoy, ese gravamen representa el 7,4% de la recaudación del impuesto a la renta en Chile.
Pero el royalty hoy vuelve al debate y no precisamente por su aporte a las arcas públicas. Ha sido el intercambio de correos que entre agosto y septiembre de 2010 sostuvieron el ex senador Pablo Longueira y el ex gerente general de SQM Patricio Contesse para influir en el proyecto del gobierno de Piñera que elevó ese impuesto lo que puso el tema nuevamente en la mesa.
Si bien los correos hacían directa alusión a la necesidad de extender la invariabilidad tributaria a las firmas chilenas que no la tenían, el debate respecto de ese beneficio es de mayor data, ya que surgió durante la administración de Ricardo Lagos.
El debate nace con Lagos
El 4 de enero de 2005, el ex presidente socialista ingresó al Congreso el proyecto de ley que finalmente estableció el impuesto específico a la minería privada, bajo el argumento de que ese gravamen era una forma de captar recursos que, a la postre, servirían para financiar alternativas de desarrollo e innovación para la economía chilena, cuando ya los yacimientos de cobre no tuvieran más que rendir. El proyecto se definió como Royalty II, pues antes, en julio de 2004, Lagos había intentado una primera iniciativa que fracasó por falta de quórum para legislar.
El 9 de mayo de 2005, tras intensas negociaciones, los entonces ministros de Hacienda, Nicolás Eyzaguirre; Minería, Alfonso Dulanto, y de la Presidencia, Eduardo Dockendorff, firmaron un acuerdo con diputados oficialistas para impulsar el texto: el DC Jaime Mulet, los PS Camilo Escalona y Francisco Encina, los PPD Antonio Leal y Eugenio Tuma, y el radical Alberto Robles.
El acuerdo generaba incentivos para que los explotadores mineros se acogieran a la nueva modalidad, buscaba no perjudicar a las mineras de menor producción y, para evitar la incertidumbre a los inversionistas, establecía protecciones claras para el sector frente a cambios tributarios.
La minería no metálica
Luego vino el acuerdo en el Senado que dio origen a la ley que finalmente se aprobó, aunque ahí hubo dos temas sensibles: la exención del impuesto a la pequeña minería y la exclusión de la minería no metálica. Para los senadores de la época, un tributo en ambos casos era contraproducente, pues aseguraban que esos sectores no tenían el nivel de productividad de la gran minería.
Los entonces senadores concertacionistas e integrantes de la Comisión de Minería, los PS Ricardo Núñez y Carlos Ominami, además de los DC Sergio Páez, Jorge Pizarro y Adolfo Zaldívar, presentaron una indicación para excluir la minería no metálica del nuevo impuesto, argumentando que ésta no tenía las mismas condiciones que la minería metálica en producción y ventas. La indicación se aprobó en comisión,  pese al reparo de algunos parlamentarios. A eso se sumó la indicación del Ejecutivo que estipulaba la invariabilidad tributaria para el sector una vez suscrito el nuevo contrato de inversión extranjera.
Finalmente, la ley se aprobó con un impuesto aplicable sólo a las mineras con ventas anuales sobre 12.000 toneladas métricas de cobre fino. Se definió que para eso se tomaría como base la renta imponible operacional del explotador minero y se fijaron tasas graduales: para las empresas con ventas anuales sobre 50 mil toneladas métricas se fijó una tasa única de 5% y para las firmas con ventas de 12 mil a 50 mil toneladas, tasas marginales escalonadas entre 0,5% y 4,5%.
Dado que el royalty, sin embargo, topaba con beneficios tributarios que tenían proyectos mineros acogidos al Estatuto de la Inversión Extranjera, el gobierno incorporó en el DL 600 un artículo (11 ter) que extendió por un período de 15 años las normas de invariabilidad tributaria para todas las inversiones mineras por un monto igual o superior a US$ 50 millones. Las mineras aceptaron el proyecto, pues no alteraba los acuerdos ya suscritos y, además, establecía incentivos y resguardos para los explotadores mineros.
En la era Piñera
El 1 de septiembre de 2010, el gobierno de Sebastián Piñera ingresó al Congreso un proyecto de ley que subía transitoriamente el royalty minero para financiar la reconstrucción tras el terremoto de febrero de ese año. Para facilitar la tramitación, el Ejecutivo efectuó intensas negociaciones con la oficialista Alianza y la Concertación, por esos años, la oposición. El resultado fue comunicado públicamente en el Senado con un acuerdo transversal.
El apoyo de la oposición fue clave. “Valoro la actitud que tuvo la oposición en este proceso”, comentaba el entonces ministro de Hacienda de Piñera, Felipe Larraín.
Información de prensa de la época reseña que si bien había discrepancias en la Concertación sobre el proyecto, la inclinación general fue aprobarlo. De hecho, tras la sesión en que se votó la iniciativa por el pleno de la Cámara Alta, el 12 de octubre de 2010, el entonces senador DC Mariano Ruiz-Esquide dijo que si bien había manifestado su opinión “contraria respecto de la invariabilidad desde hace a lo menos tres meses”, había llegado a un acuerdo con sus pares de la colectividad en esa época, Ximena Rincón y Andrés Zaldívar, de no entorpecer el texto.
“Llegué a un acuerdo con Andrés Zaldívar y Ximena Rincón, en orden a que ellos entendían mi posición, porque había cumplido con todos los pasos del protocolo y conforme a eso lo único que me pidieron fue que no me explayara en los argumentos en contra y por eso voté claramente que no y lo volvería a hacer de nuevo… Era mi obligación con mi propia conciencia”, aclaró.
Zaldívar, si bien aseguraba que el texto aprobado era “muy distinto” al original del Ejecutivo, reconocía su apoyo. “Este proyecto será beneficioso para el país, porque establece una escala de tributación aceptable y justa”, sostuvo, afirmando que la iniciativa en la forma que había resultado aprobada significaba “lo mismo en rendimiento tributario que la reforma tributaria de 1991”.
Los términos del acuerdo en el Senado consistieron en establecer un período de transición en el que a los proyectos mineros ya existentes se les aplicó un impuesto de entre 4% y 9% durante 2010, 2011 y 2012, mientras que los proyectos nuevos, con una producción mayor a 50.000 toneladas, tendrían un impuesto de entre 5% y 14%.
También señalaba que las nuevas tasas se aplicarían sobre utilidades: si el margen operacional iba en el 35%, el tributo era de 5%. Si la empresa tenía 100% de utilidades, se aplicaba una tasa de 14%.
Pero, además, el acuerdo establecía que dicho régimen de tributación debía ir aparejado de una baja en el período de invariabilidad tributaria del que gozaban las mineras: desde los iniciales ocho años bajaban a seis años, en un período que iba entre 2018 y 2023. Esto implicaba extender el beneficio  más allá de lo que había establecido el royalty de Lagos, que terminaba con la invariabilidad en 2017.
El acuerdo también contemplaba crear una comisión con expertos de la Concertación y la Alianza para revisar el período de invariabilidad de 15 años a los proyectos extranjeros que concede el DL 600.
El entonces senador PS Camilo Escalona, quien presidía la Comisión de Hacienda, refrendaba la medida:  “Es para el país considerablemente mejor este régimen permanente, todos estamos de acuerdo que la minería debe tributar más y eso será realidad desde el año 2018”. “Concurrimos gustosos a este acuerdo”, resaltaba Evelyn Matthei, en la época senadora UDI.
Pero, además, los cambios que introdujo la administración Piñera permitieron a SQM acceder al beneficio de la invariabilidad tributaria en las mismas condiciones que el resto de las mineras, aun cuando la suya es una firma no metálica.
El status quo que termina
El DL 600 tiene su origen en julio de 1974. La norma fue gestada para atraer a los inversionistas extranjeros en un ambiente económico inestable. Este decreto permitía la suscripción de un contrato con el Estado de Chile que garantizaba el cumplimiento de determinados derechos a los inversionistas extranjeros, entre ellos, la factibilidad de repatriación de los capitales, el libre acceso al mercado cambiario y el derecho de no discriminación. Desde la perspectiva fiscal, la norma también permitía la elección de un régimen tributario permanente renunciable, garantizando la invariabilidad tributaria sobre sus inversiones.
El ex director de Grandes Contribuyentes del SII y actual partner de EY, Bernardo Marchant, explica que acogerse a la invariabilidad tributaria fue muy usado los primeros años, pero ya a mediados de los 90 eran pocas las firmas  que lo empleaban, dadas las altas tasas de impuesto a la renta que exigía, manteniéndose principalmente en proyectos mineros que implicaban un largo período de desarrollo.
Ahora, el futuro de la invariabilidad es una duda, dice el experto, ya que la reforma tributaria -argumentando que la estabilidad institucional es suficiente para atraer la inversión extranjera- derogó el DL 600 desde el 1 de enero de este año.
“La referida derogación motivó la creación de un nuevo marco para la inversión extranjera en Chile, que fue establecido en la Ley 20.848 y con la creación de la Agencia de Promoción de la Inversión Extranjera (APIE). En cuanto a los temas fiscales, los artículos transitorios de la Ley 20.848 otorgan la posibilidad por un plazo de cuatro años, desde la derogación del DL 600,  de suscribir contratos de invariabilidad tributaria haciendo referencias a los artículos 2, 7 y 11 ter del extinto DL 600. Dentro de esto, mantener la invariabilidad de la tasa impositiva del impuesto sobre la renta (44,5%)”, aclara Marchant. ( La Tercera )http://www.revistatecnicosmineros.com/royalty-minero-el-largo-camino-de-la-invariabilidad/

No hay comentarios:

Publicar un comentario

Related Posts Plugin for WordPress, Blogger...