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viernes, 27 de mayo de 2016

Nuevo fallo inquieta a la minería Colombia

Nuevo fallo inquieta a la minería
Autor: Duván Vásquez
27 de Mayo de 2016



Expertos aseguran que las dificultades sobre dónde hacer una explotación minero energética pueden dirimirse cuando el Gobierno tenga muy claro “el mapa de tierras” para que haya o no actividad económica.


Foto: Archivo El Mundo

La minería legal genera alrededor de 350.000 empleos.
Al pasado fallo de la Corte Constitucional que prohibió la minería en páramos se suma otro que les permite a los alcaldes y gobernadores negarse al desarrollo de un proyecto de este sector en sus territorios.
Esta última decisión es resultado de que el alto tribunal tumbara el miércoles el Artículo 37 de la Ley 685 de 2001, Código de Minas, que le prohibía a los entes territoriales oponerse a iniciativas mineras que ya estuvieran avaladas por las respectivas autoridades como la Agencia Nacional de Minería (ANM) o la Autoridad Nacional de Licencias Ambientales (Anla).
Esa normatividad fue demandada con el argumento de que “se vulneraba el principio de la autonomía territorial que defiende la Constitución, puesto que se imponía la voluntad del poder central”. Lo que obtuvo un fallo a favor de la Sala Plena de la Corte a pesar de que la ponencia del magistrado Alejandro Linares buscaba declarar “exequible” el artículo.
Esta decisión es positiva para los entes territoriales porque, en opinión de Gilberto Toro, director ejecutivo de la Federación Colombiana de Municipios, este es un país unitario pero con autonomía en sus entidades territoriales.
Aunque sabe de la importancia de la minería “sin desconocer la autoridad local”, Toro aseveró que el Artículo 37 del Código de Minas “le arrebató” a los municipios la competencia que tienen los alcaldes y concejos sobre el ordenamiento del uso del suelo. 
Entonces, agregó el federativo, ese fallo del alto tribunal plantea “qué se debe y qué responsabilidad tiene frente a estos temas el Gobierno Nacional, pero también qué le compete al Gobierno local para que las decisiones sean concertadas y no impuestas”.
Estas pocas claridades en las responsabilidades son las que despiertan incertidumbre en la Asociación Colombiana de Minería (ACM), ya que esto hace parte “de la inestabilidad jurídica que se está presentando en el país y la cual afecta directamente la inversión y el futuro de las operaciones mineras”, como sostuvo el gremio en una declaración oficial.
De hecho, en una entrevista con La FM, el presidente de la ACM, Santiago Ángel Urdinola, sostuvo que el Artículo 37 era un pilar importante de la industria porque indicaba con quién se tenía que entender para ejercer la actividad minera.
Y aunque reconoció que la poca información hasta ahora la ha obtenido por medios, sí le inquieta es que aún no se sabe cómo se va a declarar inexequible el Artículo 37 del Código Minero, ni “en qué condiciones, cómo, con qué aplicación y con qué plazo; y eso genera muchos interrogantes de aquí al futuro porque nos cambia el pilar fundamental de las reglas de juego”, sostuvo Ángel Urdinola a ese medio.
La Nación ya se enfrenta a varias demandas de empresas mineras por cambio en las reglas de juego, como la que interpuso Eco Oro por impedirle la explotación en Santurbán (Santanderes) en el mes de febrero por una sentencia de la Corte Constitucional que prohibió esa actividad en páramos.
http://www.elmundo.com/portal/noticias/economia/nuevo_fallo__inquieta_a_la_mineria.php

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