Argentina.- Mas presion a las mineras para que aporten a la economia nacional El gobierno dispuso que las empresas mineras deberán contratar fletes de transporte a empresas nacionales e instó a profundizar el proceso de sustitución de importaciones, a través de dos resoluciones de la Secretaría de Mineria publicadas en el Boletín Oficial.
Mediante la resolución 12/2012, se estableció que las empresas beneficiadas con la ley 24.196 -que fijó un régimen de atracción de inversiones para la actividad minera- deberán contratar transporte a compañías argentinas para efectuar fletes marítimos, fluviales, terrestres o aéreos cuando exporten minerales o productos derivados.
Según estipuló, en los casos de fletes que “deban realizar trasbordos de modo previo a su destinación final, ya sea por igual modalidad y/o por intermodalidad de transportes, la preferencia de cargas aquí establecida se deberá considerar por tramo”.
La norma aclaró que se exceptuará de este requisito “cuando el transporte de la carga no pueda ser realizado por empresas nacionales”, ya sea por “insuficiencia de bodega o por no contar con buque, vehículo o aeronave en posición”.
Entre los considerandos de la normativa, se expresa que “resulta necesaria la implementación de acciones que propendan a profundizar el proceso de sustitución de importaciones y consecuentemente, fortalecer la industria y el servicio nacional” y se alega que “existen en plaza empresas nacionales con la trayectoria y el prestigio necesarios para asegurar la prestación satisfactoria de los servicios”.
La resolución indicó que serán consideradas como empresas de transporte nacional las compañías constituidas según las leyes locales, con sede social en el país, cuyo objeto sea el transporte fluvial, de ultramar, terrestre o aéreo, y emita facturas por los servicios prestados.
También señaló que “la preferencia de cargas creada (por esta resolución) encontrará su limitación en los acuerdos internacionales bilaterales o multilaterales” que Argentina haya firmado con otros países.
Asimismo, la Secretaría de Minería determinó a través de la resolución 13/2012 que las empresas del sector deberán contar con “su propio Departamento de sustitución de importaciones”, que deberá presentar con una anticipación de 120 días a la adquisición de productos los cronogramas de demanda, según las etapas del proyecto minero.
En esos cronogramas se deberán considerar: bienes de capital, ingeniería y servicios; insumos o consumibles, repuestos para mantenimiento, previsiones de stock y servicios, entre otros.
Los cronogramas deberán ser actualizados trimestralmente, y serán analizados por un Grupo de Trabajo de Evaluación Técnica Minera creado para ese fin, y que estará presidido por el secretario de Minería, Jorge Mayoral, y conformado por técnicos del Servicio Geológico Minero Argentino (SEGEMAR).
Los cronogramas deberán ser actualizados trimestralmente, y serán analizados por un Grupo de Trabajo de Evaluación Técnica Minera creado para ese fin, y que estará presidido por el secretario de Minería, Jorge Mayoral, y conformado por técnicos del Servicio Geológico Minero Argentino (SEGEMAR).
En este sentido, puntualizó que este grupo “una vez analizadas las presentaciones efectuadas” emitirá su dictamen “con carácter previo al dictado del acto administrativo correspondiente”. (Los Andes)http://www.mineriaaldia.com/mas-presion-a-las-mineras-para-que-aporten-a-la-economia-nacional/
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